Miles de jubilados en España están a punto de recibir una importante devolución económica tras una decisión que marca un antes y un después en la fiscalidad de las pensiones. La Agencia Tributaria ha confirmado que reembolsará entre 3.000 y 4.000 euros a determinados pensionistas, una medida respaldada por una sentencia clave del Tribunal Supremo.
El origen de esta devolución se remonta a un error histórico en las cotizaciones de antiguos trabajadores que aportaron a mutualidades laborales décadas atrás. Durante años, estas pensiones tributaron en el IRPF como si el 100 % de la prestación fuera imponible, cuando en realidad una parte ya había sido gravada previamente. Ahora, la Justicia ha reconocido ese exceso y Hacienda ha activado el mecanismo para corregirlo.
Quiénes tienen derecho a la devolución reconocida por Hacienda
El fallo judicial afecta principalmente a jubilados y pensionistas que cotizaron a mutualidades laborales, especialmente en sectores como la banca, entre finales de los años 60 y finales de los 70. Según la resolución, estas personas solo deberían tributar por el 75 % de su pensión, evitando así una doble imposición que se mantuvo durante décadas.
Como consecuencia, quienes hayan declarado el total de su pensión en los últimos ejercicios fiscales no prescritos podrán reclamar la parte del IRPF pagada de más. La cuantía final dependerá de cada caso, pero Hacienda estima devoluciones que oscilan entre 3.000 y 4.000 euros por contribuyente.
Cambios en el procedimiento de devolución a partir de 2025
Hasta ahora, las reclamaciones se realizaban mediante un formulario único, pero el sistema ha cambiado. Desde 2025, la Agencia Tributaria gestionará estas devoluciones año por año, coincidiendo con la campaña anual del IRPF. Los formularios estarán disponibles en su sede electrónica y deberán presentarse dentro del plazo voluntario de la declaración de la renta.
Además, Hacienda ha aclarado que las solicitudes anteriores al 22 de diciembre de 2024 siguen siendo válidas a efectos de prescripción, aunque los nuevos trámites deberán adaptarse al calendario oficial establecido.
| Dato clave | Información esencial |
|---|---|
| Beneficiarios | Jubilados que cotizaron a mutualidades laborales |
| Importe estimado | Entre 3.000 y 4.000 euros por persona |
| Ejercicios reclamables | IRPF no prescrito (2018–2021) |
| Base legal | Sentencia del Tribunal Supremo |
De cara a los próximos años, el calendario ya está definido: en 2026 se reclamará el IRPF de 2020, en 2027 el de 2021 y en 2028 el de 2022. Para muchos jubilados, esta decisión supone recuperar un dinero que nunca debió salir de su bolsillo, cerrando por fin una anomalía fiscal que se arrastraba desde hace más de medio siglo.
